Notificaciones electrónicas a partir de 2011

El 16 de noviembre de 2010, se publicó en el BOE la orden que regula los supuestos en los que, a partir de 2011, Hacienda podrá enviar sus notificaciones y comunicaciones por vía electrónica, en lugar de hacerlo en papel.
Las entidades que se verán afectadas por esta nueva normativa son las siguientes:

* Sociedades Anónimas.
* Sociedades Limitadas.
* Uniones Temporales de Empresas y Agrupaciones de Interés Económico.
* Establecimientos Permanentes.
* La mayoría de entidades cuyo CIF comience por V o por N.
* Todas las empresas inscritas en los registros de grandes empresas, devolución mensual, grupos de entidades; o que tributen en consolidación fiscal.

Los empresarios que realicen su actividad como personas físicas, con carácter general, seguirán recibiendo sus notificaciones en papel.